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El Real Decreto 171/2004, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, obliga a todas las empresas Concurrentes, Titulares y Principales que operan en un centro de trabajo, a cumplir con los requisitos legales en materia de Coordinación de Actividades Empresariales. ... >> Ver Más
El Real Decreto 171/2004, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, obliga a todas las empresas Concurrentes, Titulares y Principales que operan en un centro de trabajo, a cumplir con los requisitos legales en materia de Coordinación de Actividades Empresariales.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es la encargada de iniciar el procedimiento sancionador, una vez quede comprobada la infracción a la normativa de prevención de riesgos laborales relativa a la Coordinación de Actividades Empresariales, así como a requerir a la empresa para la subsanación de las deficiencias observadas, sin prejuicio de la propuesta de sanción correspondiente.
Los incumplimientos de los preceptos legales en materia de Coordinación de Actividades Empresariales pueden dar lugar a importantes responsabilidades administrativas, civiles y penales, por los daños y perjuicios que puedan derivarse de los mismos. Además de la posible responsabilidad PENAL, en materia específica de Coordinación de Actividades Empresariales, encontramos múltiples infracciones administrativas: leves, graves, y muy graves.
Las infracciones muy graves en su grado máximo pueden suponer sanciones superiores a los 800.000 €. Adicionalmente los incumplimientos en materia de Coordinación de Actividades Empresariales, pueden conllevar limitaciones a la facultad de contratar con determinadas Administraciones Públicas.
Con el software PS Coordina para la Coordinación de Actividades Empresariales, conseguirá:
El software PS Coordina le ofrece las siguientes ventajas: